Federación de Sindicatos de Deportistas Profesionales
En busca de la mejor defensa de los derechos colectivos, laborales y deportivos.
La Asociación de Baloncestistas Profesionales, la Asociación de Ciclistas Profesionales, la Asociación de Jugadores de Balonmano, la Asociación de Jugadoras de Fútbol-Sala, la Asociación de Jugadores de Fútbol-Sala y la Asociación de Jugadoras de Rugby han acordado la constitución de la FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE DEPORTISTAS PROFESIONALES (FESIDES).
En las próximas fechas se adherirán la Asociación de Jugadores y Jugadoras de Voleibol y la Asociación de Jugadoras de Baloncesto.
La constitución de esta federación sindical es una muestra de la unión del colectivo de deportistas en la búsqueda de la mejor defensa de los derechos colectivos, laborales y deportivos.
La constitución de esta federación sindical es una muestra de la unión del colectivo de deportistas.
Comunicado de prensa de las Asociaciones de Deportistas
Alfonso Reyes, será su presidente
La Asociación de Baloncestistas Profesionales, la Asociación de Ciclistas Profesionales, la Asociación de Jugadores de Balonmano, la Asociación de Jugadores de Fútbol-Sala, la Asociación de Jugadoras de Fútbol-Sala Femenino y la Asociación de Jugadores y Jugadoras de Rugby han acordado la constitución de la FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE DEPORTISTAS (FESIDES).
En las próximas fechas se adherirán la Asociación de Jugadores y Jugadoras de Voleibol y la Asociación de Jugadoras de Baloncesto. La constitución de esta federación sindical es una muestra de la unión del colectivo de deportistas en la búsqueda de la mejor defensa de los derechos colectivos, laborales y deportivos de los deportistas.
En la reunión de constitución de FESIDES se ha puesto en evidencia la precariedad laboral de muchos deportistas, que todavía ni siquiera perciben el equivalente al salario mínimo interprofesional.
También se ha acordado felicitar al nuevo Secretario de Estado para el Deporte, D. José Manuel Franco, y pedir una reunión con el para poder trasladarle las reivindicaciones de los deportistas que representamos.
Anteproyecto de Ley del Deporte
Exposición de motivos
El modelo deportivo español ha estado sujeto a una evolución constante fruto de los continuos y vertiginosos cambios que afectan a este fenómeno social, que cada día extiende la práctica deportiva a un mayor número de ciudadanos y ciudadanas, y alcanza una proyección en la sociedad que difícilmente se preveía hace pocas décadas.
Se ha puesto en evidencia la precariedad laboral de muchos deportistas, que todavía ni siquiera perciben el equivalente al salario mínimo interprofesional.
¿Soy un deportista profesional?
La frontera entre deportista profesional y amateur, en ocasiones, está poco clara.
En otras ocasiones, los clubes intentan “disfrazar” un deportista profesional como amateur, en lo que se conoce como “amateurismo marrón”. Este artículo pretende dar unas orientaciones para que los propios deportistas conozcan los requisitos para considerarse profesional.
Según el art. 1.2 del Real Decreto 1006/1985, será deportista profesional el que tenga una relación establecida con carácter regular con un club o entidad deportiva, se inserten dentro del ámbito de organización y dirección de ese club y perciba una retribución.
Toda cantidad que supere los gastos en los que incurre el deportista por la práctica del deporte. Existen algunos indicios para valorar que las cantidades abonadas no están destinadas a compensar gastos: todos los meses el club abona una cuantía fija, incluso los meses sin competición; el club corre con todos los gastos (equipamiento, ropa, desplazamientos, etc.) y, además, abona una cuantía al deportista para gastos.
La cuantía del salario no es un factor decisivo. El Tribunal Supremo ha considerado deportista profesional a una persona que percibía 230 euros mensuales.
Lo que diga el contrato es irrelevante: lo importante es la realidad de los hechos. Si la relación con el club cumple con los requisitos del art. 1.2 del Real Decreto 1006/1985, estaremos ante un contrato de deportista profesional.
Nos encontramos en el mismo supuesto de la pregunta anterior: es irrelevante siempre que el deportista pueda acreditar que la relación cumple con los requisitos del art. 1.2 del Real Decreto 1006/1985.
El trabajo de deportista profesional no exige la exclusividad, se puede ser deportista profesional a tiempo parcial y compatibilizarlo con otra actividad, remunerada o no.
Documentos de interés
Ponemos a vuestra disposición algunos de los documento de interés que creemos puede que sean de vuestro interés en relación a la creación de FESIDES y las asociaciones que lo forman. Iremos ampliando estos documentos a medida que añadamos más información en la web. Si tienes alguna pregunta o consulta no dudes en contactar con nosotros.
En próximas fechas se adherirán las asociaciones de jugadores y jugadoras de voleibol y la de jugadoras de baloncesto.
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